El PRODUCTO EN MARKETING
El etiquetado de los alimentos ( Extracto de la OCU)
Los alimentos tienen su tarjeta de presentación, el etiquetado. En cualquier producto podemos encontrar sus características, que deben servir para ayudarnos a decidir nuestras compras. La Comisión Europea ha aprobado una estandarización de la información que debe aparecer en el etiquetado, y se aplica desde diciembre de 2014.¿Qué es el etiquetado?
Los alimentos tienen su propia tarjeta de presentación que los distingue y ofrece al consumidor sus peculiaridades. En cualquier producto podemos encontrar sus características, que deben servir para ayudarnos a decidir si lo adquirimos o no sopesando nuestras necesidades.Es lo que conocemos como el etiquetado de los alimentos, una característica de la información alimentaria que no debe inducir a error alguno al consumidor, y que implica la obligación de ser veraz sobre las características del alimento: naturaleza, identidad, calidades, composición, cantidad, duración, país de origen, modo de fabricación u obtención.En ningún caso puede el etiquetado atribuir al alimento efectos o propiedades que no posee y tampoco insinuar que tiene características propias especiales. Por ejemplo, anunciar que una leche entera no tiene gluten cuando, por naturaleza, las leches no tienen gluten.Igualmente, tampoco se puede sugerir la presencia de un ingrediente cuando éste ha sido sustituido por un componente distinto, tanto en la información que aparece en el envase como en la publicidad del producto y en la presentación del alimento.¿Qué es obligatorio?
En el etiquetado de los alimentos deben aparecer una serie de elementos obligatorios que podemos dividir en tres apartados dependiendo del tipo de información que aportan:-Información sobre la identidad y la composición del alimento: es la denominación del producto y la lista de ingredientes.-Información sobre la protección de la salud de los consumidores y el uso seguro de un alimento:Propiedades relacionadas con la composición que puedan ser perjudiciales para la salud de determinados consumidores. Por ejemplo, la presencia de alérgenos (sustancias o productos que causan alergias o intolerancias), como gluten, crustáceos, huevo, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos de cáscara, apio, mostaza, sésamo, sulfitos, altramuceso moluscos.Duración, almacenamiento y uso seguro: la fecha de caducidad, modo de conservación y de empleo.Efectos sobre la salud,incluidos los riesgos y las consecuencias relativas al consumo perjudicial y peligroso de un alimento. Por ejemplo, el aviso que debe aparecer en los alimentos con más de un 10% de polialcoholes: “Un consumo excesivo puede producir efectos laxantes”.
-Información sobre características nutricionales:es la información alimentaria obligatoria, que debe verse claramente.¿Qué deberá incluir?
Denominación del alimento:Deberá ir acompañada de menciones sobre las condiciones físicas del producto o sobre el tratamiento específico al que haya sido sometido (en polvo, congelado, liofilizado, ultracongelado, concentrado o ahumado). Si el alimento ha sido congelado antes de su venta y se vende descongelado, debe indicarse.Lista de ingredientes: Incluirá todos los ingredientes del alimento en orden decreciente en función de la cantidad que incluya el producto. De esta lista quedarán excluidos frutas, hortalizas y patatas no procesadas, aguas, vinagre procedente de la fermentación de un solo producto, queso, mantequilla, leche, nata -siempre y cuando no se haya añadido nada más que productos lácteos, enzimas alimentarios, fermentos o sal- y alimentos que consten de un único ingrediente y su denominación sea igual a dicho ingrediente y no entrañe riesgo de confusión.Ingredientes resaltados: Será necesario indicar el porcentaje concreto de un ingrediente cuando éste figure en la denominación del alimento, cuando se destaque en el etiquetado mediante palabras, imágenes o representación gráfica.Mención destacada de cualquier ingrediente que cause alergia o intolerancia: Si el alérgeno no aparece indicado claramente en la denominación del producto, deberá aparecer en la lista de ingredientes de forma destacada, de manera que se diferencie del resto de sustancias incluidas en la lista de ingredientes.Cantidad neta: Debe indicar el peso neto del producto.Cantidad neta del alimento: Si un alimento sólido se vende con un líquido de cobertura (por ejemplo: unos espárragos en conserva), deberá indicarse tanto el peso total como el peso neto escurrido. Si el alimento está glaseado, como por ejemplo el pescado congelado, el peso neto declarado no deberá incluir el porcentaje de glaseado.Fecha de duración mínima o fecha de caducidad: Se indicará “Consumir preferentemente antes del día y mes” cuando la duración del producto sea inferior a tres meses, “Consumir preferentemente antes del fin de (mes y año)", cuando la duración del producto sea de entre 3 y 18 meses" o "Consumir preferentemente antes del fin de (año)", si la duración se prolonga más allá de los 18 meses. No necesitarán fecha de caducidad frutas, hortalizas y patatas frescas, bebidas con una graduación alcohólica superior a 10% vol., productos de panadería destinados al consumo diario, vinagre, sal de cocina, azúcar, productos de confitería y gomas de mascar.Nombre, razón social y dirección del operador de la empresa alimentaria: Con esta medida, algunos productos perderán definitivamente el anonimato al que ahora nos tienen acostumbrados.País de origen o lugar de procedencia: La lista actual de productos relevantes, como miel, aceite de oliva, frutas y verduras, pescado y carne de vacuno, se extenderá a todas las carnes: cerdo, oveja, cabra y aves de corral. Además, la indicación del país de origen o lugar de procedencia será obligatoria cuando su omisión pueda inducir a error al consumidor.Modo de empleo: En el caso de que el producto lo requiera.Información nutricional: Será obligatorio indicar el valor energético y la cantidad de proteínas, grasas, grasas saturadas, hidratos de carbono, azúcar y sal por 100 gramos de producto o 100 mililitros. Esta información podrá completarse con datos sobre el contenido en grasas monoinsaturadas y poliinsaturadas, polialcoholes, almidón, fibra alimentaria y cualquier vitamina o mineral.Condiciones especiales de conservación y utilización: Para permitir la conservación o la utilización en las mejores condiciones de una alimento una vez abierto, será necesario que éstas aparezcan en el etiquetado, al igual que la fecha límite de consumo, como en el caso de los brick de leche.Grado alcohólico: Para bebidas con un contenido de alcohol superior al 1,2% volBusca:1. El etiquetado de los juguetes2. El código de los huevos.3. La marca blanca.
EMPRESAS
Tras una fusión algunas empresas cambian el nombre de su producto por eficiencia
¿Qué lleva a una marca a cambiar hasta de nombre?
https://www.elmundo.es/economia/2016/04/28/571a43a522601dd4288b456c.html
¿Quién está detrás de las marcas blancas en España?
https://www.ticbeat.com/empresa-b2b/quien-fabrica-las-marcas-blancas-en-espana/https://www.alimente.elconfidencial.com/consumo/2020-01-31/marca-blanca-calidad-primeras-marcas_1598371/
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